El DeCA, sin palabros.
Media docena de siglas se confunden todo el rato, y confundirlas cuesta dinero: no es lo mismo un eCMR que un DeCA, ni un documento ADR que un documento de control. Esto es lo que significa cada cosa.
- DeCA
- Documento electrónico de Control Administrativo. Es el término oficial y se escribe así, con la D, la C y la A en mayúscula. Obligatorio en transporte público interior de mercancías desde el 5 de octubre de 2026.
- DCA · documento de control
- El mismo documento en su versión de siempre, la de papel y talonario. Cambia el soporte, no la obligación ni el contenido.
- Cargador contractual
- Quien contrata directamente el transporte: el cargador de verdad, una agencia, un transitario, un operador logístico, una cooperativa u otro transportista que subcontrata. Responde de sus datos, de los del transportista, del origen y destino y de la mercancía.
- Transportista efectivo
- El titular de la autorización que hace materialmente el porte, el último de la cadena de subcontratación. Responde de la fecha, las matrículas y la autorización especial.
- Cabotaje
- Transporte interior dentro de España. Entra en el ámbito del DeCA.
- Transporte privado complementario
- Mover mercancía propia como apoyo a la actividad principal de la empresa. Exento de DeCA, aunque hay que poder acreditar el artículo 102.2 de la LOTT.
- Título habilitante
- La autorización de transporte. Si el transporte no la necesita, queda fuera de la obligación del documento de control.
- eCMR
- Carta de porte internacional electrónica (Convenio CMR y su protocolo adicional). No es el DeCA y no es obligatoria.
- eFTI
- Electronic Freight Transport Information, Reglamento (UE) 2020/1056. Un marco europeo de intercambio de datos entre empresa y autoridad. No es el DeCA: sus plataformas sí se certifican, las aplicaciones de DeCA no.
- ADR
- Documento de transporte de mercancías peligrosas (capítulo 5.4 del Acuerdo ADR). Es una obligación distinta y adicional al DeCA.
- LOTT · ROTT
- Ley 16/1987 y Real Decreto 1211/1990 de Ordenación de los Transportes Terrestres. De la LOTT sale el régimen sancionador; del ROTT, la obligación de llevar los documentos de control a bordo (artículo 222).
- AdES · QES
- Firma electrónica avanzada y firma cualificada del Reglamento eIDAS. El DeCA no exige firma; si se firma con valor contractual, ha de ser al menos AdES.
- Agrupación de envíos
- Meter varios envíos en un mismo DeCA. Solo vale si el cargador contractual y el transportista efectivo coinciden en todos, y cada envío identifica su origen, destino, naturaleza y peso.
- URL única
- La dirección https propia de cada documento, embebida en su QR. Al invocarla se descarga el PDF directamente: sin login, sin botones, sin pasos intermedios.