Todas tus dudas, resueltas.
Las 22 preguntas que más nos llegan sobre el documento de control digital.
¿Qué es el DeCA?
Es el documento de control administrativo que debe acompañar a todo transporte público de mercancías por carretera en España, ahora en formato electrónico. En la práctica: un PDF con un código QR y una URL única desde la que la inspección puede descargarlo al momento.
¿Desde cuándo es obligatorio?
Desde el 5 de octubre de 2026, por la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible. A partir de esa fecha el documento tiene que nacer en formato electrónico: el talonario en papel deja de servir para crearlo. Ojo, eso no significa que el conductor no pueda llevar una copia impresa del documento electrónico: sí puede, siempre que lleve su QR legible.
¿A quién afecta?
A todo el transporte público interior de mercancías por carretera, incluidos los transportistas autónomos y el cabotaje. Quedan fuera el transporte internacional (que usa el CMR), el transporte privado complementario, las mudanzas, la paquetería y los vehículos accidentados.
¿Qué datos tiene que llevar el documento?
Los del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012: cargador contractual con NIF y domicilio; transportista efectivo con NIF; lugar de origen y destino; naturaleza y peso de la mercancía; autorización especial si aplica; fecha del transporte; matrículas; y observaciones si las partes lo piden.
¿Y si no puedo determinar el peso?
La norma lo contempla: puedes indicar otra magnitud que identifique el envío, como número de palets, metros cúbicos o unidades.
¿Hace falta firma electrónica?
No. La normativa no exige firma en el documento de control. Si las partes quieren darle valor contractual con firma, tendría que ser al menos una firma electrónica avanzada (AdES) conforme al reglamento eIDAS, pero no es requisito para cumplir con la inspección.
¿Cuándo tengo que generarlo?
Antes del inicio efectivo del transporte, y el conductor debe llevar una copia (electrónica en el móvil o impresa) con el QR. Las anotaciones a mano sobre una copia impresa no tienen validez.
¿Cuánto tiempo hay que conservarlo?
Al menos un año, y debe poder descargarse tanto por el cargador como por el transportista durante ese periodo.
¿Puedo modificar un DeCA ya emitido?
Sí, y la norma prevé dos formas. Una: ampliar el mismo documento con los datos nuevos, el motivo y los antiguos marcados como no válidos, manteniendo la misma URL y el mismo QR. Otra: emitir un documento nuevo con URL y QR nuevos, conservando el original. En los dos casos hay que hacérselo llegar al conductor.
¿Puedo meter varios envíos en un mismo documento?
Sí, siempre que el cargador contractual y el transportista efectivo sean los mismos en todos los envíos. Cada envío debe identificar su propio origen, destino, naturaleza y peso. El orden en que aparecen no implica el orden en que se ejecutan.
¿Sirve una foto o un escaneo del papel?
No. El documento tiene que generarse de forma nativa digital a partir de datos estructurados. Un escaneo o una fotografía del documento en papel no cumple.
¿El transporte internacional necesita DeCA?
No. El transporte internacional se rige por los convenios internacionales, principalmente el CMR. El DeCA es solo para transporte interior: nacional y cabotaje, con origen y destino en España.
¿Y si muevo mercancía de mi propia empresa?
Eso es transporte privado complementario y está exento de DeCA, igual que lo estaba del documento de control en papel. Sí debes poder acreditar que cumples los requisitos del artículo 102.2 de la LOTT.
¿La paquetería lleva DeCA?
Los servicios de recogida y reparto de pocos bultos, manipulables por una sola persona con los medios del propio vehículo, están exentos. Es la misma exención que ya existía en papel (artículo 2 de la Orden FOM/2861/2012).
¿Puedo seguir llevándolo solo en papel?
No como único soporte. Desde el 5 de octubre de 2026 tiene que existir el fichero electrónico. Puedes imprimirlo y llevarlo en la carpeta, pero el QR tiene que quedar perfectamente legible para que se pueda leer ópticamente.
¿Hay una app oficial del Ministerio?
No. No existe app oficial ni plataforma del Estado a la que subir nada: cada empresa usa su propia aplicación o contrata un proveedor. Y, a diferencia de las plataformas eFTI, las aplicaciones de DeCA no se certifican.
¿Quién lo genera, el cargador o el transportista?
La norma no señala a uno solo: ambos están obligados a formalizarlo y cada uno responde de sus datos. El cargador contractual responde de sus datos, de los del transportista, del origen y destino y de la mercancía; el transportista efectivo, de la fecha, las matrículas y la autorización especial. En la práctica conviene pactar con cada cliente quién lo emite.
¿Cuánto tiempo tiene que estar disponible la URL?
Durante todo el servicio y, al menos, los 7 días naturales siguientes a su finalización. Pasados esos días la URL puede desactivarse, precisamente para proteger los datos comerciales del envío.
¿Me vale un CMR como DeCA en transporte nacional?
Puedes usar el formato del CMR si recoge todos los datos del artículo 6 y distingue con claridad al cargador contractual del transportista efectivo. Usar ese formato no significa acogerse al convenio CMR.
Llevo mercancías peligrosas: ¿DeCA o documento ADR?
Los dos. Son obligaciones distintas y ninguna sustituye a la otra. Puedes llevarlos por separado o agrupados en un documento electrónico que cumpla lo que exige la Resolución.
¿El DeCA es lo mismo que el tacógrafo obligatorio en furgonetas?
No. Son dos novedades distintas de 2026 que se confunden a menudo: una afecta al aparato de control de tiempos de conducción y la otra al documento de control del transporte.
¿Necesito contratar un software caro?
No. Existen herramientas self-service que lo generan en un par de minutos, algunas gratuitas para un uso básico, sin instalar nada ni pasar por una demo comercial.